Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2020-S2
Fecha: 17-Mar-2020
II.10.
II.10. El Departamento “I” Personal de La Paz de la Policía Boliviana, emitió el Memorándum 266/18 de 14 de agosto de 2018, en el que trascribió su similar 18/2405, en respuesta a la petición del demandante de tutela y que desestimó la extensión del memorándum de agradecimiento de servicios, debiendo el solicitante presentarse ante la Dirección Nacional Administrativa del Comando General de la Policía Boliviana, a fines de resolver la observación de petición de salario sin haber tenido contraprestación de servicios, una vez resuelta la observación el impetrante de tutela podrá reiterar su petición y con su resultado se emitirá criterio legal que corresponda (fs. 9).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Trámite procesal de improcedencia de la acción
- a)
- I.2.3. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 19
- III.1.
- III.2. Sobre el derecho a la jubilación y a la seguridad social
- III.3. Análisis del caso concreto
- REITERAR
- Fragmento 24