SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2020-S3

Fecha: 12-Mar-2020

Fragmento 26

La jurisprudencia contenida en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, ha establecido como un efectivo resguardo del derecho al trabajo y estabilidad laboral, la nominada conminatoria de reincorporación laboral emitida   previa sustanciación de un procedimiento sumarísimo y    optativo a voluntad del trabajador; es así que, la misma está categorizada como el instrumento administrativo que debe contener los mínimos requisitos de razonamientos lógico-jurídicos que permitan su efectividad y consecuente fundamentación, lo cual conlleva a las Jefaturas Departamentales del Trabajo a realizar una verificación prolija, intelectiva y material de la normativa y el contexto fáctico    sobre el alcance de la solicitud que se realiza en esa instancia, pero además del cumplimiento de la normativa contenida en la Ley General del Trabajo; es así que, la jurisprudencia constitucional ha sido uniforme cuando se denuncia el incumplimiento de conminatorias de reincorporación laboral, pues como se ha establecido, se hace viable la tutela constitucional provisional, cuya finalidad es resguardar los derechos a la estabilidad laboral y al trabajo ante un eventual incumplimiento en razón de la inmediatez en la protección de los derechos referidos, resaltándose que dicho acto administrativo debe cumplir con los aspectos de validez mencionados que respalden su razonabilidad.