Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2020-S4
Fecha: 19-Mar-2020
II.4.
II.4. A través de RA 254 de 1 de noviembre de 2018, el Tribunal Examinador desestimó el recurso de revocatoria presentado por Gastón Sainz Aguilar, entre otros, contra la RA 193 de 21 de septiembre del mismo año, y su Anexo, la convocatoria pública para despachantes de aduana 2018, cuestionando entre otros aspectos, el requisito sobre la formación académica, indicando que el mismo es de imposible cumplimiento, en el comprendido que no existe en Bolivia entidad alguna que extienda “título académico” sino “diploma académico” (fs. 121 a 125).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la normativa aplicable a la “Convocatoria Pública de Evaluación para Postulantes a Despachantes de Aduana 2018”
- requisito
- los postulantes observados
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR