SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

e)

e)   El Tribunal de alzada, confirmó la Sentencia apelada señalando “…que la integridad de los medios probatorios reproducidos en el caso de autos manifestó que se evidenció la correcta decisión del A quo por cuanto dicha integridad del análisis corrobora el hecho de que la empresa demandante efectivamente trabajaba con las comerciante demandadas, entregándoles carne para la comercialización hecho evidenciado por la prueba documental de fs. 30 a 36, 43, 92 a 283 consistentes en cartas recibidas por la apelante acompañadas de un resumen del estado de cuentas adjuntadas cuyo dato de inicio de entrega de carne de res es de 11 de febrero de 2010 hasta el 01 de abril de 2011 que además tiene un monto consignado de suma adeudada de Bs. 610.979,90 en consecuencia estableció que el A quo analizó correctamente la prueba y declar[ó] existente la obligación y por ende probada la demanda constituyéndose el pago del precio una de las obligaciones principales del comprador” (sic); y,