SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

concedió

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 065/2019 de 12 de junio, cursante de fs. 46 a 48, concedió la tutela impetrada, disponiendo que en el término de setenta y dos horas “…la empresa accionada responda puntualmente a las pretensiones del accionante positiva o negativamente” (sic); bajo los siguientes fundamentos: i) El impetrante de tutela en los memoriales de solicitud indicó como domicilio la secretaría de su despacho “…que es un domicilio perfeccionable y que si se deja la respuesta ahí para quien solicite vaya y la recoja” (sic); y, ii) En las dos notas de respuesta se refirieron “…a la exhibición de su contrato…” (sic); sin embargo, lo pedido va más allá de conocer el mismo, siendo que el peticionante de tutela esperó una respuesta positiva o negativa sobre sus pretensiones.