SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

Fragmento 15

En el caso concreto, conforme se tiene expuesto en los antecedentes, el impetrante de tutela dedujo ante los demandados, memoriales en los que solicitó de forma puntual y clara; la autorización de la cancelación de sus cuotas devengadas, la extensión de fotocopia legalizada del contrato de compra venta del inmueble, así como un informe del por qué no se le permitiría efectuar el pago de sus saldos devengados; sin embargo, no se tiene constancia alguna que las solicitudes antes mencionadas hayan merecido por parte de la empresa demandada una respuesta formal, oportuna, clara y concreta a cada una de las precitadas peticiones, y que las mismas hayan sido puestas a su conocimiento de forma efectiva.