SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2020-S3

Fecha: 16-Mar-2020

I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados

La impetrante de tutela señala como lesionados sus derechos al debido proceso en su elemento de aplicación objetiva de la norma, a la petición, a la motivación, a la defensa; así como el principio de la seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 24, 48.IV, 115.II, 117.I, 119.II, 128 y 180 de la CPE;  8 del Pacto de San José de Costa Rica y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).