SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2020-S3

Fecha: 17-Mar-2020

III.4.1.4   Sobre la valoración de la prueba

La parte impetrante de tutela, señala que a tiempo de emitirse el Auto de Vista 065/2018, se omitió la valoración de los certificados de matrimonio presentados; al respecto cabe referir que, la nombrada, en esta acción de defensa se limitó a efectuar dicha denuncia; empero, sin desarrollar mayor argumentación respecto a la misma o justificativo sobre la relevancia constitucional con relación a la necesaria valoración de los mencionados certificados, ni denotando ante este Tribunal que la alegada omisión valorativa podría repercutir en la decisión final; debiéndose recordar al efecto, que la jurisdicción constitucional está impedida de ingresar a efectuar la valoración de la prueba, por ser una atribución conferida privativa y exclusivamente a las autoridades jurisdiccionales o administrativas; actuación que resulta permisible cuando la parte peticionante de tutela cumple con los presupuestos que posibilitan a esta jurisdicción ingresar de manera excepcional a verificar presuntas actuaciones u omisiones indebidas relacionadas con la valoración de la prueba, conforme se tiene establecido en el Fundamento Jurídico III.3. de este fallo Constitucional Plurinacional, situación que no acontece en el caso de análisis, impidiendo en consecuencia se acoja favorablemente la pretensión de la accionante.