El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 0367/2020-S3 de 24 de julio, que confirmó la Resolución 122 de 7 de octubre de 2019, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz que deneg
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 0367/2020-S3 de 24 de julio, que confirmó la Resolución 122 de 7 de octubre de 2019, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz que deneg

Fecha: 24-Jul-2020

en los procedimientos propiamente judiciales

La SCP 0335/2017-S3 de 20 de abril, señaló que: “…en los procedimientos propiamente judiciales o en aquellos que se desarrollen en los presupuestos antes desglosados, los que se rigen por el debido proceso en todos sus componentes, marco en el que los ciudadanos podrán ejercer todos los medios previstos para la obtención de información del o, en su caso, ejercer su derecho de impugnación, no siendo en este aspecto procedente la tutela por derecho de petición existiendo otros medios idóneos para reclamar la respuesta a sus solicitudes(las negrillas nos corresponden).