ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0130/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0130/2020-S1

Fecha: 16-Jul-2020

III.5.3.   Con relación a los derechos a la tierra, trabajo y alimentación

               Con relación al derecho al trabajo, considerando el contexto del Ayllu Taypi Uta Collana, desarrollado en el Fundamento Jurídico II.4.1., donde la principal actividad económica es la ganadería de camélidos, en la Resolución impugnada, no existe ninguna disposición o restricción para que los demandantes continúen desarrollando sus actividades laborales relacionadas principalmente con la crianza de llamas y alpacas, dentro de la superficie asignada -731.67 hectáreas-. Por otro lado, tampoco existe restricción alguna para que puedan seguir comercializando los principales productos derivados de la actividad ganadera, en las ferias de Curahuara, Patacamaya, u otros. Consiguientemente, no existe lesión del derecho al trabajo como denuncian en la demanda tutelar.

               Finalmente, estando garantizado el derecho a la posesión de la sayaña en una superficie incluso mayor al de Grover Choque Calle, donde la familia de Vicente Villca Chuquichambi tiene las condiciones para desarrollar sus actividades agropecuarias, de ninguna manera se encuentra restringido o lesionado el derecho a la alimentación vinculado al derecho a la vida, como manifiestan en su demanda tutelar.