Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2020-S3
Fecha: 24-Jul-2020
acción de libertad
En revisión la Resolución 13/2019 de 25 de noviembre, cursante de fs. 30 a 32 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Carlos Justiniano Mariaca Riveros en representación sin mandato de Patricio Ángel Fukuhuara Álvarez contra Efraín Cruz Limachi, Presidente y Olvis Antelo Roca, Encargado de la Unidad de Plataforma de Atención al Público e Informaciones, ambos del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, Yanet Noemy Paniagua Villa, Jueza Técnica del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- primer presupuesto
- segundo presupuesto
- CONFIRMAR