ONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2020-S3

Fecha: 24-Jul-2020

i)

Olvis Antelo Roca, Encargado de la Unidad de Plataforma de Atención al Público e Informaciones del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz en audiencia manifestó que: i) De acuerdo al art. 108 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), el Consejo de la Magistratura es el encargado de regular técnicamente el sistema informático para el sorteo de causas que realiza esa Unidad; ii) El 19 de noviembre de 2019, recibió el Instructivo I-LAPP-TSJ-CM 04/2019 emitido por el Tribunal Supremo de Justicia y el 20 de ese mes y año, en una reunión donde asistieron el Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, el Encargado Distrital del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal y su persona, se determinó que con carácter de urgencia los encargados de la Unidad de Informática debían modificar el sistema para poder introducir las causas para su sorteo; y, iii) El mismo día de celebración de la audiencia de la presente acción de defensa -se entiende 25 de noviembre de 2019- a las 17:00 horas aproximadamente, recibió una llamada del personal de la Unidad de Informática que autorizó la recepción de las causas de los Tribunales de Sentencia Penal para reasignarlas por sorteo a los Jueces de Sentencia Penal, a través del Sistema Integrado de Registro Judicial (SIREJ).

El accionante a través de su representante sin mandato denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, “a un recurso efectivo”, al debido proceso, y a la defensa en su vertiente a ser oído; en razón que dentro del proceso penal seguido en su contra, no se dio cumplimiento al numeral 2 de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 1173, debido a que: i) La Jueza Técnica ahora coaccionada no remitió los antecedentes procesales dentro del plazo establecido en dicha Ley a la Unidad de Plataforma de Atención al Público e Informaciones del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz para su reasignación por sorteo al juez de sentencia penal correspondiente, bajo el argumento de la inexistencia de una circular para ese efecto; ii) El Encargado de la Unidad de Plataforma de Atención al Público e Informaciones del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz hoy coaccionado no recibió el proceso penal para proceder a dicho sorteo, ante la falta de una instrucción superior; y, iii) El Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz ahora accionado no emitió la circular solicitada por los coaccionados, con la finalidad de agilizar la implementación de la mencionada Ley.

De la revisión de antecedentes que cursan en obrados, se tiene que a efectos de prevenir situaciones adversas y optimizar la entrada en vigencia plena de la Ley 1173, los Presidentes del Tribunal Supremo de Justicia y Consejo de la Magistratura, a través del Instructivo I-LAPP-TSJ-CM 04/2019 de 28 de octubre, instruyeron: “…A los Tribunales de Sentencia: (…) 3. Realizar la reasignación de causas a través de plataforma de cada Tribunal Departamental de Justicia en los distritos judiciales donde aún no estén funcionando las Oficinas Gestora de Procesos, en el plazo de 3 días (desde el 4 hasta el 6 de noviembre del 2019). Acciones que deberán ser realizadas en el marco de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 1173” (sic [Conclusión II.1.]); con la misma finalidad, el Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz ahora accionado, suscribió el Oficio 2266/2019 de 20 de noviembre dirigido a la Jefa de la Unidad de Servicios Judiciales del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz ordenando el cumplimiento del Instructivo I-LAPP-TSJ-CM 04/2019 a través de la Unidad de Plataforma de Atención al Público e Informaciones del citado Tribunal, con el fin de regularizar y proceder con los sorteos de expedientes reasignados, conforme a la Ley 1173 (Conclusión II.2.).

Posteriormente, el Encargado de la Unidad de Plataforma de Atención al Público e Informaciones del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz ahora coaccionado, a través del Oficio CITE TDJ-JSJ 1294/2019 de 25 de noviembre, dirigido al Encargado del Consejo de la Magistratura del referido departamento, informó al Encargado Distrital del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz, que de acuerdo a la reunión efectuada el 20 de igual mes y año, a las 15:00 horas, donde asistieron el Presidente del referido Tribunal hoy accionado, el Encargado Distrital del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz, Jueces y Servicios Judiciales “…se solicitó de manera urgente a los personeros de informática como al consejo de la magistratura la implementación en el sistema SIREJ, de la reasignación de causas de los tribunales de sentencia a Juzgados de Sentencia de acuerdo a normas establecidas en la ley 1173…” (sic [Conclusión II.3.]). Por último, mediante Oficio CITE-TDJ-JSJ 1295/2019 de 25 de noviembre, el Encargado de la Unidad de Plataforma de Atención al Público e Informaciones del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz hoy coaccionado informó al Presidente del referido Tribunal que “hasta la fecha” no se emitió una respuesta a lo solicitado en la reunión efectuada el 20 de ese mes y año respecto a la urgencia de viabilizar la modificación del Sistema SIREJ para poder reasignar las causas de los Tribunales de Sentencia a los Juzgados de Sentencia por sorteo, señalando que: “…la Unidad de Plataforma cuenta con el personal preparado y asignado a la espera de la implementación en el sistema de causas en el sistema Sirej de parte de la unidad de informática del Consejo de la Magistratura” (sic [Conclusión II.4.])