SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2020-S1

Fecha: 16-Jul-2020

Con relación a la incongruencia interna.

Conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la arbitrariedad de la motivación puede expresarse en una resolución incongruente, que, en su dimensión interna, ocurre cuando no existe relación entre las               premisas-normativa y fáctica- y la conclusión por tanto.

           Ahora bien, la Autoridad demandada, revocó y anuló la Resolución del Consejo Académico del Centro de Formación Técnico Superior La Paz  087/2018, lo cual implica que se dejó sin efecto la sanción que impuso consistente en su destitución y declaratoria de vacancia de la asignatura de Taller de Elaboración de Monografías, y por consiguiente los efectos que dicha sanción produjo, entre ellos la falta de percepción de los haberes por parte de la docente indebidamente destituida; empero, de forma incoherente con dicha determinación; posteriormente, mediante Resolución de Complementación y Enmienda del Recurso Jerárquico 003/2019, determinó que no se le puede retribuir económicamente por sus funciones no cumplidas, ya que se le suspendió como consecuencia del proceso iniciado en su contra y que tampoco se puede ordenar su restitución por haber fenecido el plazo de su contrato; es decir, no obstante declararse la ilegalidad de la sanción; empero contradictoriamente, al denegarse el pago de sus haberes de los que fue privada ilegalmente, se mantiene los efectos de la sanción, denotando una incoherencia en la parte resolutiva del fallo; razón por la cual resulta evidente la vulneración del derecho al debido proceso en su elemento de congruencia interna, por lo que corresponde conceder tutela sobre este aspecto.