SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2020-S1

Fecha: 16-Jul-2020

i)

Franklin Hernán Prado Alconz, Director Nacional de Instrucción y Enseñanza, Rector de la Universidad Policial “Mariscal Antonio José de Sucre”, por intermedio de sus representantes legales, mediante informe presentado el 4 de junio de 2019, cursante de fs. 125 a 129 vta., señaló que: i) En la Resolución de Recurso Jerárquico 211/2018 se dio respuesta motivada y fundamentada a las pretensiones planteadas; y, ii) En el contenido del  referido Recurso Jerárquico, no se precisó ni puntualizó observaciones respecto a la remuneración económica del ejercicio de la docencia, por lo que no podría haber sido revisado en esa instancia jerárquica, en virtud al principio de congruencia externa.

En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela, analizando los siguientes temas: i) Sobre el derecho al debido proceso ii) Sobre el alcance de la explicación, complementación y enmienda iii)  La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso; iv) El derecho de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva; v) Alcance del derecho de reparación en el ordenamiento jurídico boliviano y los instrumentos internacionales: Estándar de protección más alto vi) Sobre el derecho al trabajo y a la justa remuneración; y, vii) Análisis del caso concreto.