Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2020-S4
Fecha: 17-Jul-2020
c.
c. La autoridad jerárquica señala que se dio cuenta de que Flora Choque Muruchi, no actuó con eficiencia ni siquiera llegando a un punto de lograr la eficacia que significa cumplir los objetivos, entre ellos, estar presente los días de su turno y dejar para sus días libres, realizar las actividades de índole personal; sin embargo, privilegió estas últimas sin cumplir las normas de la institución, que mandan solicitar licencia con la debida antelación, anteponiendo su vida y responsabilidad familiar antes que su trabajo y peor aún, demostrando su incapacidad para cumplir siquiera lo que establece el Reglamento Interno de Personal.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- arbitrariedad
- III.2.
- en ese contexto, debe determinarse que el análisis de una valoración probatoria por parte del órgano contralor de constitucionalidad sin cumplir las subreglas desarrolladas supra, generaría una disfunción tal que convertiría a este Tribunal en una instancia casacional o de revisión ordinaria, situación que no podría ser tolerada en un Estado Constitucional
- III.3. El derecho de la mujer a la igualdad y a la no discriminación
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- b.
- c.
- d.
- f.
- g.
- h.
- j.
- k.
- l.
- CONFIRMAR