Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2020-S4
Fecha: 17-Jul-2020
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 10 de diciembre de 2018, la accionante, interpuso recurso jerárquico contra la Resolución Administrativa de recurso de revocatoria 17/2018, argumentando que la Autoridad Sumariante II del SEDES de Cochabamba, no valoró ni consideró debidamente la prueba de descargo que presentó en la etapa de impugnación, dado que la valoración efectuada sobre algunas pruebas carece de un criterio lógico y racional, que resta su valor probatorio y legal, mientras que otras pruebas ni siquiera fueron consideradas, detallando cada una de ellas (fs. 175 a 183).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- arbitrariedad
- III.2.
- en ese contexto, debe determinarse que el análisis de una valoración probatoria por parte del órgano contralor de constitucionalidad sin cumplir las subreglas desarrolladas supra, generaría una disfunción tal que convertiría a este Tribunal en una instancia casacional o de revisión ordinaria, situación que no podría ser tolerada en un Estado Constitucional
- III.3. El derecho de la mujer a la igualdad y a la no discriminación
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- b.
- c.
- d.
- f.
- g.
- h.
- j.
- k.
- l.
- CONFIRMAR