Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2020-S2
Fecha: 21-Jul-2020
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante a través de su abogado, en audiencia reiteró las alegaciones expuestas en su acción de amparo constitucional, añadiendo que al momento de asumir funciones como Concejal titular, ya empezó a ser presionada por Edwin Erasmo Alave Chino, su similar suplente, quien aducía ser merecedor del cargo y ejercer titularidad, bajo el argumento de la denominada alternancia o gestión compartida, motivo por el cual a fin de no verse en mayores conflictos, solicitó su licencia el 30 de junio de 2018; reiterando se le conceda la tutela demandada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- INFORMAMOS A SU PERSONA QUE SIGUE EN DEBATE SU SOLICITUD DE HABILITACION Y EN LA COMISIÓN RESPECTIVA, POR LO QUE EN TIEMPO OPORTUNO DAREMOS RESPUESTA OPORTUNA
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 6
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 19
- III
- cualquier acción que se realice para impedir de alguna manera este ejercicio, lesiona ese derecho cuando no existe una causal legítima, que justifique el privarle cumpla con las funciones para las que ha sido electo,
- Al trabajo digno
- Fragmento 23
- la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para desarrollar cualquier actividad física o intelectual tendiente a generar su sustento diario como el de su familia
- Fragmento 25
- III.3. Análisis del caso concreto