SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2020-S2
Fecha: 24-Jul-2020
3)
En el caso presente, se evidencia que el accionante no solicitó oportunamente la subsanación de la falta de firma de la Fiscal de Materia, sino que recién lo hizo tres años después de la declaración informativa a través del incidente analizado, consintiendo de esa forma los efectos de dicha omisión. Asimismo, el acto realizado consiguió el fin buscado; ya que, según el contenido del acta de declaración informativa de 18 de enero de 2013, el prenombrado sí prestó su declaración informativa ante la autoridad fiscal asignada al caso, aún esta haya omitido firmar dicho documento; por lo que, su derecho a la defensa fue precautelado en presencia de dicha autoridad y de su abogada defensora, a pesar de haberse abstenido de declarar.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El incidente de actividad procesal defectuosa y los defectos absolutos y relativos
- permite la corrección de los actos procesales erróneos subsanando, renovando o rectificando, lo que importa un reconocimiento de la existencia de las actuaciones procesales, los que al tener defectos subsanables pueden ser corregidos;
- , salvo que el defecto pueda ser subsanado o convalidado
- no se puede decretar la nulidad, sino sólo cuando hay un defecto que por haber causado una afectación a un derecho o garantía es absoluto; es decir, la nulidad no deriva sólo del quebrantamiento de la forma, pues es necesario que ese quebrantamiento haya afectado los derechos de alguna de las partes y que ésta haya demostrado el agravio para poder solicitar la anulación del acto defectuoso.
- i)
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- b)
- c)
- e)
- f)
- FISCAL DRA. CLAUDIA PASTEN ALARCON, EN SU CALIDAD DE DIRECTORA FUNCIONAL DE LA INVESTIGACIÓN Y EN PRESENCIA DE LA ABOGADO DEL DECLARANTE, SE LE HACE CONOCER EL HECHO QUE MOTIVA LA INVESTIGACIÓN LAS PRUEBAS QUE CURSAN EN EL CUADERNO DE INVESTIGACIÓN, ASÍ COMO SUS DERECHOS CONSTITUCIONALES Y PROCÉSALES.
- RESP.
- 3)
- CONFIRMAR