SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0204/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0204/2020-S1

Fecha: 30-Jul-2020

II.3.

II.3.  Por Auto de Vista de 7 de octubre de 2019, los Vocales de la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, confirmaron el Auto Interlocutorio de 16 de septiembre del mencionado año, fundamentando en lo principal que: 1) Para la procedencia de la cesación de la detención preventiva, la carga de la prueba le corresponde a la defensa quien a través de prueba idónea debe acreditar que los nuevos elementos presentados demuestran que ya no concurre esa conducta que motivó al Juez de la cusa imponer esa medida extrema; 2) El imputado -hoy accionante- señaló como prueba el informe conclusivo del investigador asignado al caso, donde las diferentes declaraciones tomadas harían entrever que el prenombrado no sería quien amenazó a la madre del occiso; sin embargo de la lectura del aludido Auto Interlocutorio, este menciona que la peligrosidad del imputado se mide por el hecho suscitado; toda vez que, provocó la muerte de una persona con arma blanca y además en audiencia de medidas cautelares se denunció las amenazas sufridas por parte del prenombrado hacia la víctima, aspectos que pretenden ser desvirtuados con la presentación de Sentencias Constitucionales Plurinacionales y el informe conclusivo ya señalado, elementos que no desvirtúan el peligro procesal inserto en el art. 234.10 del CPP (fs. 63 y vta.).