SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2020-S4

Fecha: 23-Jul-2020

III.2.1.   Los efectos de la Sentencia Constitucional Plurinacional

Conforme a lo contenido en el art. 28.II del Código de Procedimiento Penal (CPCo.), en el que se dispone que “La parte resolutiva del fallo sobre el fondo de la acción, demanda, consulta o recurso podrá determinar su dimensionamiento en el tiempo y los efectos sobre lo resuelto”, es preciso aplicar esta facultad en el presente fallo constitucional.

En razón a que, es preciso no retrotraer actuaciones judiciales insulsamente y en perjuicio de los derechos de las partes, actos que posiblemente se hubieran llevado a cabo a raíz de la determinación de la jueza de garantías por lo que siendo posible que el accionante hubiera comparecido en el proceso y asumido defensa; esta Sentencia Constitucional Plurinacional únicamente deberá considerarse cuando a la fecha de notificación del presente fallo constitucional, el solicitante de tutela no hubiera comparecido a la causa.