SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2020-S2

Fecha: 24-Jul-2020

d)

d)  El Auto Interlocutorio impugnado cumple con la finalidad de asegurar la presencia del acusado para el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley, “…toda vez que en la especie ya se tramita el juicio oral y el acusado en el presente caso no ha presentado nuevos elementos de prueba que le permitan modificar su situación jurídica en forma total como era su obligación, conforme el art. 239 núm. 1) del Procesal Penal, porque aún persiste e[l] núm. 2) del art. 235 del Procesal Penal” (sic).