Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2020-S2
Fecha: 24-Jul-2020
II.2.
II.2. A través del memorial de 27 de agosto de igual año, el ahora accionante impugnó la Resolución de Sobreseimiento descrita precedentemente, denunciando la vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva y los principios de legalidad y seguridad jurídica, debido a que la Fiscal de Materia, realizó una defectuosa valoración de las pruebas para determinar la inexistencia de suficientes elementos para sostener una acusación formal, además, omitió valorar pruebas determinantes (fs. 14 a 25 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- la pericia es un medio de prueba imprescindible en delitos en los que se alegue falsedad o cuya licitud o ilicitud dependa de un estudio científico especializado que determine la existencia
- Fragmento 3
- a)
- ,
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La obligación de los Fiscales de emitir resoluciones de sobreseimiento debidamente motivadas y fundamentadas
- excepcionalmente y bajo determinadas circunstancias, puede intervenir de oficio
- III.2. Análisis del caso concreto
- reiteradamente
- Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado
- REVOCAR
- F.J. III.3
- SCP 2221/2012
- F.J. III.2
- La SC 0979/2010-R de 2 de agosto en su F.J. III.3
- En consecuencia, uno de los medios para determinar la existencia de falsedad de documentos es la prueba pericial practicada, ya sea en el proceso penal, civil u otro, y, más aún, la valoración que se otorga a estos medios probatorios, ya que sólo a través de este medio, se podrá determinar si existió o no alteración de un documento privado o público