SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2020-S1
Fecha: 31-Jul-2020
1)
Ana Gloria Rojas Flores, Jueza de Instrucción Penal Décima de la Capital del departamento de Santa Cruz, a través del informe presentado el 18 de octubre de 2019, cursante a fs. 23 y vta., manifestó que: 1) La presente acción tutelar es de puro derecho y no puede ingresar a cuestiones de fondo, como para disponer la libertad, “modificar su Resolución que se encuentra confirmada” (sic) o dejar sin efecto la persecución; pues el proceso penal seguido contra el accionante, se encuentra ajustado a lo dispuesto por el Código de Procedimiento Penal; 2) Dispuso la detención preventiva del impetrante de tutela el 24 de abril del referido año, debido a la existencia de suficientes elementos de convicción, que demuestran que el imputado podría ser el presunto autor de los delitos endilgados; dicha Resolución fue apelada y confirmada por el Tribunal de alzada el 10 de mayo de igual año; y, 3) A la fecha de presentación de esta acción de defensa, ya no se encuentra a cargo del caso, por razones de excusa; siendo que actualmente los actuados cursan ante el Juzgado de Instrucción Penal Décimoprimero de la Capital del mismo departamento.
En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos denunciados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada, desarrollando para ello los siguientes temas: 1) La legitimación pasiva en caso de resoluciones que deben ser revisadas por la autoridad de última instancia; y, 2) Análisis del caso concreto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- i)
- ii)
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- solo
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- para la procedencia de la acción de libertad es imprescindible que la misma esté dirigida contra la autoridad que cometió el acto ilegal o la omisión indebida lesiva del derecho a la libertad
- modificar, confirmar o revocar
- debido a que será ésta última quien tendrá la facultad de revisar y corregir, en su caso, las actuaciones ilegales