SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2020-S3
Fecha: 14-Jul-2020
1)
A las preguntas del Juez de garantías que se detallan a continuación, la impetrante de tutela respondió: 1) “¿Qué autoridad le ha detenido? Han venido dos policías a mi casa, con la sentencia y mandamiento me han traído, me han señalado que me he escapado, me han traído junto con mi hija, junto con ella me han traído” (sic), 2) “¿Cuándo usted ha sido privada a la pena privativa de libertad de 3 años y 6 meses, a usted le han leído la sentencia? Sí, no me recuerdo en que tiempo, no puedo responder” (sic), 3) “¿Cuándo usted conocía de la sentencia condenatoria, usted no ha tenido la necesidad de señalar la prescripción por extinción de la pena? Yo no sabía que tenía sentencia, en la comunidad hemos hecho un acuerdo para no quejarnos entre él y yo” (sic); y, 4) “¿Por qué después de haber pasado 10 años no ha tramitado la prescripción por extensión de la pena? Es que yo tenía muchos hijos, no tenía dinero” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades accionadas
- “procedente”
- Fragmento 9
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR en todo
- 2º Exhortar