SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2020-S3

Fecha: 23-Jul-2020

c)

c)    Sobre el tercer motivo de casación, los recurrentes nuevamente incumplieron en invocar precedente contradictorio en vulneración de los requisitos de admisibilidad; al margen de aquello, con una carencia de técnica argumentativa y recursiva, confunden nuevamente los aspectos denunciados de falta de fundamentación e incongruencia omisiva al invocarlos simultáneamente, sin explicar en forma detallada y separada en qué consiste cada uno de ellos, pues primeramente refieren que no se habría resuelto el agravio previsto en el art. 370 inc. 1) del CPP; empero, contrariamente señalan que lo habría resuelto, incurriendo en error al concluir que no se hubiese explicado los elementos del tipo penal de estelionato, añadiendo que lo resuelto resultó falaz; en consecuencia, los recurrentes no identificaron en forma ordenada y sistematizada el agravio concreto incurrido por el Tribunal de apelación, menos identificaron las vulneraciones de sus derechos o garantías constitucionales y el resultado dañoso, razones por las cuales el presente motivo deviene en inadmisible, aun acudiendo a los criterios de flexibilización.

Teniendo en cuenta los argumentos por los cuales las autoridades accionadas declararon inadmisible el recurso de casación interpuesto por los hoy impetrantes de tutela, a fin de determinar si en efecto el Auto Supremo emitido contó o no con la debida fundamentación, motivación y congruencia, corresponderá abordar los planteamientos formulados en esta acción de defensa, respecto a cada uno de los motivos de casación.