SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2020-S4

Fecha: 29-Jul-2020

en este sentido, la suspensión de la competencia no conlleva un impedimento para la atención de las medidas cautelares personales impuestas contra Mary Merubia Estrada y Ever Segundo Menacho como ocurre en el caso

Por su parte, el AC 004/2019-CA-ECA, que resolvió la solicitud de enmienda y complementación requerida por la autoridad jurisdiccional codemandada, en relación al alcance del AC 0197/2019-CA, –en particular–, sobre la situación jurídica del accionante, aclaró lo siguiente: “… el Auto constitucional 0197/2019-CA, es conciso al disponer la suspensión del proceso penal sustanciado en el Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Segundo del Plan 3000 de dicho departamento, lo cual en los hechos si bien implica la suspensión de su competencia para resolver el proceso penal, no ocurre lo mismo con las medidas cautelares dictadas dentro de la sustanciación del mismo, dado que éstas tienen un fin en sí mismas, los cuales resultan accesorios a lo principal; en este sentido, la suspensión de la competencia no conlleva un impedimento para la atención de las medidas cautelares personales impuestas contra Mary Merubia Estrada y Ever Segundo Menacho como ocurre en el caso concreto (las negrillas son nuestras).