SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2020-S4
Fecha: 29-Jul-2020
queda suspendida
En el AC 0197/2019-CA, por el cual se admite el Conflicto de Competencias Jurisdiccionales suscitado entre los Capitanes de las Comunidades "Pueblo Nuevo" y "Samaria" del pueblo Guaraní y el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia de Instrucción Penal Segundo del Plan 3000, para el conocimiento y resolución del conflicto referido a avasallamiento y robo agravado, en el cual figura el impetrante de tutela, junto con su hermano y otros, como procesado, en su parte resolutiva dispuso únicamente la suspensión de la tramitación del proceso penal, en los siguiente términos: “Mientras se sustancie el conflicto de competencias, queda suspendida la tramitación del proceso penal de referencia, ante el mencionado juzgado, hasta que el Tribunal Constitucional Plurinacional dicte la respectiva sentencia” (sic).”
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al debido proceso.
- ) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión
- III.2. Análisis del caso concreto
- Resolución de medidas cautelares de 21 de agosto de 2019
- (notificado a la autoridad jurisdiccional el 22 de octubre del 2019)
- queda suspendida
- en este sentido, la suspensión de la competencia no conlleva un impedimento para la atención de las medidas cautelares personales impuestas contra Mary Merubia Estrada y Ever Segundo Menacho como ocurre en el caso
- i)
- CONFIRMAR