SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2020-S4
Fecha: 29-Jul-2020
Resolución de medidas cautelares de 21 de agosto de 2019
Si bien el expediente remitido en revisión ante este Tribunal, carece en absoluto de piezas procesales relativas a la tramitación de la solicitud de modificación de medida cautelar efectuada por el impetrante de tutela, no obstante, del informe presentado por las autoridades jurisdiccionales demandadas en esta acción tutelar, las mismas a su turno coinciden en el correlato procesal de que, el accionante fue detenido preventivamente en atención a una Resolución de medidas cautelares de 21 de agosto de 2019; que con posterioridad a ello, el 9 de octubre de igual año, interpuso una solicitud de cesación a su detención preventiva, la cual habiendo sido rechazada hubiere sido objeto de apelación, recurso que a la fecha de interposición de la presente acción de defensa no hubiese sido resuelto en alzada, extremo que al no haber sido controvertido por la parte solicitante de tutela en la audiencia, es tomado como antecedente procesal inequívoco para la resolución de esta acción de libertad.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al debido proceso.
- ) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión
- III.2. Análisis del caso concreto
- Resolución de medidas cautelares de 21 de agosto de 2019
- (notificado a la autoridad jurisdiccional el 22 de octubre del 2019)
- queda suspendida
- en este sentido, la suspensión de la competencia no conlleva un impedimento para la atención de las medidas cautelares personales impuestas contra Mary Merubia Estrada y Ever Segundo Menacho como ocurre en el caso
- i)
- CONFIRMAR