SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2020-S1

Fecha: 07-Ago-2020

II.3.

II.3.    Raquel Lita Caero Rodríguez Directora de INTRAID -ahora demandada-, emitió representación mediante CITE: INTRAID 123/2019 de 2 de agosto, argumentando al efecto que; de acuerdo al informe Pericial, se concluye que el peritado pueda estar institucionalizado en un Hospital Judicial neuropsiquiatrico -que no existe aún en Bolivia-; implicando la permanencia del paciente en una institución de por vida; debiendo arrogarse y cubrir todas las necesidades del paciente; situación que, INTRAID no está en condiciones de asumir; al ser una entidad de salud mental para pacientes agudos, en etapas de crisis, que tras estabilizar al paciente este debe retornar al entorno de donde salió; aclarando que, INTRAID no es un Hospital neuropsiquiatrico, es un instituto mental de permanencia corta, donde se cuenta con treinta camas, no pudiendo tener a un paciente por mucho tiempo; que además del diagnóstico del informe pericial, el mismo no amerita la internación; dado que, no existiría restitución de la salud del paciente; correspondiendo así, realizar un seguimiento vía ambulatorio      (fs. 18 a 19).