SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2020-S2
Fecha: 04-Ago-2020
Fragmento 20
De los antecedentes adjuntos a la presente acción tutelar, se evidencia que el Ministerio Público mediante escrito desplegado el 27 de junio de 2019, comunicó al Juez de Instrucción Penal de turno de la Capital del departamento de Oruro, el inicio de la investigación y además formuló imputación formal contra Armin Favio Castro Martínez y el accionante, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado en el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, solicitando el desarrollo de procedimiento inmediato y la aplicación de medidas cautelares; por cuyo motivo, la Jueza de Instrucción Penal Primera de la señalada Capital y departamento, a través de Auto Interlocutorio 455/2019 de la misma fecha, aceptó la aplicación de dicho procedimiento, disponiendo la detención preventiva de los prenombrados y la incautación de un teléfono celular; determinación que luego fue revocada en parte por Auto de Vista 113/2019 de 9 de julio, dictada por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia del referido departamento, solo respecto a la medida extrema impuesta.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I.
- II.
- para la resolución del fondo de la excepción o incidente planteado
- sin considerar el fondo de lo propuesto a través del rechazo in limine
- Fragmento 14
- III.2. Los incidentes y excepciones como mecanismos o instrumentos intraprocesales de defensa
- a ser oído o derecho a declarar en el proceso
- el derecho a la defensa comprende
- III.3. El principio de celeridad en la tramitación de las excepciones e incidentes en materia penal
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4. Análisis del caso concreto
- definiendo de esta forma la aplicación del procedimiento previsto en el art. 314.II del CPP
- Fragmento 23
- la tramitación de los incidentes y excepciones interpuestos por la ahora accionante adolecen de defectos procesales que no pueden ser convalidados y que afectan a la validez del Auto de 1 de diciembre de 2016
- Fragmento 25
- REVOCAR