SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2020-S2

Fecha: 04-Ago-2020

Fragmento 23

Por lo referido, conforme a la tramitación del art. 314.II del señalado Código la autoridad hoy demandada debió considerar inicialmente la existencia de respuesta al traslado dispuesto a fin de resolver los incidentes planteados en audiencia con la correspondiente participación de las partes; teniéndose por el contrario que dicha autoridad aplicó erróneamente el art. 315.II del mismo Código, resolviendo el fondo de lo pretendido, sin considerar que dicha norma debió ser considerada de forma inmediata a la presentación de las excepciones e incidentes, y que no es aplicable a la tramitación del fondo de los mismos tras haberse dispuesto el traslado con la expresa aplicación del art. 314 del citado Código.