SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0316/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0316/2020-S2

Fecha: 04-Ago-2020

1) Con una publicación de una nota de reprobación realizada en fecha 08 de abril de 2016; 2) Un acto de coacción en la presentación de una solicitud de renuncia de fecha 02 de mayo de 2016; y  3) La emisión de Decretos por la suscrita Juez, con llamadas de atención a la funcionaria denunciante, principalmente la realizada a través del Decreto de fecha 13 de mayo de 2016…”

Se denunció tres hechos puntuales o conductas concretas: “1) Con una publicación de una nota de reprobación realizada en fecha 08 de abril de 2016; 2) Un acto de coacción en la presentación de una solicitud de renuncia de fecha 02 de mayo de 2016; y  3) La emisión de Decretos por la suscrita Juez, con llamadas de atención a la funcionaria denunciante, principalmente la realizada a través del Decreto de fecha 13 de mayo de 2016…” (sic). Los cuales no han sido acreditados con ningún medio de prueba.

Por otro lado, mientras la denuncia refirió que el hecho ocurrió el 8 de marzo de 2016, una de las testigos afirmó que sucedió a finales de dicho mes. En el mismo sentido, se denunció que los supuestos actos de maltrato comenzaron a fines de marzo y contradictoriamente se dijo que el primer acto de esta naturaleza fue ejecutado el 8 de igual mes y año. Situación que demuestra que se hizo una incorrecta valoración de la prueba.