1SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2020-S3
Fecha: 23-Sep-2020
II.7.
II.7. Constan Memorandos de agradecimiento de servicios de 11 de noviembre de 2019, CITE: IABSA-DP-M-088/2019 dirigido a Walter Américo Romero Rivera, en sus funciones de Maestro de Azúcar “C”; CITE: IABSA-DP-M-090/2019 para Juan Márquez Escobar como “ENC. DE CODIFICACIÓN MATERIAL”; CITE: IABSA-DP-M-091/2019, con respecto a Ramón Rodolfo Aragón Mendoza, con funciones de Contador Financiero; CITE: IABSA-DP-M-092/2019 dirigido a Edgar Jaime Ortiz Rodríguez, con funciones de “Enc.” CONTROL DE EXISTENCIAS; CITE: IABSA-DP-M-089/2019 para Eddy Urbano Aldana Gutiérrez, como AYUDANTE MECÁNICO; y, CITE: IABSA-DP-M-087/2019 para Raúl Paniagua Colque, que ocupada el cargo de MAESTRO TURNO MECÁNICO; todos expedidos por “…ABANDONO DE TRABAJO Y SUS FUNCIONES…” (sic) y “…ABANDONO EN MASA DEL TRABAJO…” (sic); además, que de manera arbitraria e ilegal tomaron los establecimientos de la empresa, por ocasionar perjuicio material intencional en los instrumentos de trabajo y vías de hecho, sabotaje y atentados contra la libertad de trabajo, previstos en los arts. 232 y 303 del Código Penal (CP), los mismos que fueron suscritos por Luis Alejandro Espino Fernández, Gerente General de IABSA (fs. 3 a 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. La conminatoria de reincorporación laboral y los límites de su cumplimiento
- se puede disponer a través de la acción de amparo constitucional el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación laboral cuando en sus fundamentos resulte jurídicamente razonable entendiendo bajo el principio de razonabilidad el uso de la razón que debe primar en los fundamentos de la Conminatoria de reincorporación; lo que nos lleva a determinar en cada caso concreto comprobar la oportunidad y eficacia de la misma y sin que se afecten o desconozcan determinaciones legales que hacen a su cumplimiento razonado.
- es decir, la naturaleza jurídica de la relación laboral de los cuales nacen los supuestos actos ilegales y lesivos a los derechos y garantías constitucionales, debiendo considerar si se trata de una relación sujeta a contrato a plazo fijo en el cual se tiene como cierto y determinado el inicio de la relación laboral así como su conclusión, o en su caso se encuentran dentro de una relación laboral por tiempo indefinido, y si el trabajador presta funciones en la empresa como consultor en línea o si el contrato es de naturaleza administrativa o civil, así como que el despido no haya sido a consecuencia de un proceso seguido contra el trabajador y que responda a la comisión de supuestas faltas establecidas tanto a la Ley General del Trabajo como a la norma reglamentaria emitida dentro de una empresa;
- reincorporación no se haya considerado u observado situaciones que bajo la normativa legal vigente imposibilitan la continuidad de la relación laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- para el caso de la empresa privada, dicha conminatoria sea dirigida a su máxima instancia ejecutiva y/o el empleado que suscribió el memorándum de despido, también de forma indistinta o contra ambos
- CONFIRMAR