SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2020-S4
Fecha: 09-Sep-2020
denegó
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a través de la Resolución 96 de 13 de septiembre de 2019, cursante de fs. 191 vta. a 194 vta., con voto disidente del Vocal Constitucional Jimmy Fernando López Rojas, denegó la tutela impetrada, sin costas; bajo los siguientes fundamentos: 1) El accionante no cumplió con la suficiente carga argumentativa que permita comprender a cabalidad cómo es que las Resoluciones pronunciadas por las autoridades demandadas lesionaron los derechos que se acusan de vulnerados, además de referirse a principios, sin comprender que los mismos no son objeto de tutela constitucional por la acción de amparo constitucional; y, 2) De la lectura del Auto de Vista 180/19, este fundamentó atinadamente su decisión en el valor justicia y el principio de verdad material.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2.
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- III.1.
- III.2. La apelación y los principios de pertinencia y congruencia
- la resolución que emita el juez o tribunal superior cuando actúa como revisor de apelación o casación, debe circunscribirse a la decisión del juez o tribunal de inferior instancia
- III.3. La nulidad de los actos procesales en el ámbito de la justicia ordinaria
- a) Principio de especificidad o legalidad
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 1° CONCEDER