SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2020-S2

Fecha: 22-Sep-2020

II.4.

II.4.  A través del escrito presentado el 29 de noviembre de 2019, el impetrante de tutela solicitó a la Jueza de Instrucción Penal Segunda de Quillacollo del departamento de Cochabamba, control jurisdiccional por la falta de realización de diligencias investigativas por parte del Ministerio Público, porque desde el momento de su detención preventiva no efectuó ningún acto investigativo para obtener las grabaciones de los audios descritos precedentemente y que dichas diligencias serían el sustento para establecer la concurrencia del riesgo procesal previsto en el art. 235.1 del CPP; asimismo, pidió que se ordene al Ministerio Público dé curso al requerimiento solicitado el 20 del mismo mes y año, en relación al informe del Investigador sobre el estado y avance de los actuados investigativos; solicitud que fue rechazada por Auto de 26 de diciembre del indicado año, con el argumento que según el art. 306 del Código Adjetivo Penal, los reclamos por el rechazo a la proposición de diligencias debían efectuarse ante el “Fiscal Departamental” (fs. 13 a 14 vta.; y, 20 y vta.).