SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2020-S2
Fecha: 29-Sep-2020
Fragmento 5
Raúl Tito Choclo Rubín de Celis, Juez del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Pando, remitió informe escrito de 30 de enero de 2020, cursante a fs. 59, mediante el cual solicitó se deniegue la tutela, en mérito a los siguientes argumentos: a) En la demanda planteada no se identificó cuál fue su participación en la supuesta vulneración del derecho o procesamiento indebido, no refirió de qué manera hubiere puesto en riesgo su libertad o vida, aspectos que el Tribunal citado debió observar antes de su admisión, que son necesarios para la consecución de los fines del proceso; y, b) Si tiene que emitir un informe sobre la demanda presentada, como un mecanismo de defensa, entonces ¿Cuáles serían los aspectos o hechos de los que debe informar o defenderse?, si no refiere de qué actos y de qué manera hubiese vulnerado su derecho, y no lo hizo porque no existe, limitándose el accionante de manera discrecional a incluirlo como autoridad demandada, aspecto que no fue ratificado en su petitorio, aclarando que su persona, no forma parte del citado Tribunal; porque cumple funciones como Juez de su similar Primero y no participó en ningún actuado procesal, no existiendo una relación de causalidad entre los hechos, su intervención en ellos y el derecho vulnerado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- 1)
- Fragmento 7
- denegó
- i)
- II.1.
- II.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la posibilidad de recurrir en las resoluciones judiciales
- III.3. Sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- Fragmento 21