Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2020-S2
Fecha: 29-Sep-2020
III.3.
III.3. El memorial presentado por el demandante de tutela, mereció la providencia de 22 de octubre de 2019, emitida por Ruth Karina Suzaño Cortez, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Pando, por la que rechazó la solicitud y en consecuencia dio por “No Justificada”, al haber sido presentada con posterioridad de haberse ausentado injustificadamente a firmar en Sucre (fs. 6), con la que fue notificado personalmente mediante exhorto suplicatorio el 20 de noviembre de igual año (fs. 22).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- 1)
- Fragmento 7
- denegó
- i)
- II.1.
- II.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la posibilidad de recurrir en las resoluciones judiciales
- III.3. Sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- Fragmento 21