SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2020-S2
Fecha: 29-Sep-2020
1)
Asimismo, acotó que: 1) Las correcciones que se le pidió subsane, lo hicieron el 6 de febrero -no mencionó el año-, con base en el convenio firmado por la Alcaldía y la Asociación “…donde ellos se comprometen a inscribir a nuestro club, así como a dejar nadar a todos los niños, niñas y adolescentes (…) en ese entendido en fecha de enero conjuntamente mi persona y el Director de ese entonces, se firma el convenio donde ellos se comprometen a entregar una respuesta al club solicitante de inscripción hacia la asociación de natación Sucre, cosa que hasta este momento no lo han hecho” (sic); y, 2) En dicho convenio les dijeron que deben pagar la suma de Bs450.- (cuatrocientos cincuenta bolivianos) por cada nadador a otro club que fue creado en junio de 2019.
Pedro Alejandro Cervantes Porcel, Presidente de la FEBONA, en audiencia expresó que: 1) Como Federación no desampararon a los deportistas del Club accionante; puesto que, estuvieron participando en los diferentes eventos, más allá que en la reglamentación y convocatoria se indicaba que debían ser para clubes o asociaciones afiliadas a ese ente; 2) No obstante, para ser parte del sistema deben estar afiliados primeramente como club y este a una asociación, paulatinamente a un departamental; 3) Se les amparó a dichos deportistas mientras sus problemas administrativos se solucionen, lo cual no será de forma indefinida sino por el lapso de un año, que es tiempo suficiente para que pueda solucionar aquellos temas; y, 4) En un sistema deportivo nacional debe verse el espíritu deportivo y olímpico, más allá de lo que reza la Ley 804.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió en parte
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho al deporte y a la cultura física en la Constitución Política del Estado
- la importancia que ello comporta en el proceso de formación integral del individuo
- práctica deportiva
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- encuentran registrados
- CONFIRMAR