SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2020-S2
Fecha: 29-Sep-2020
la importancia que ello comporta en el proceso de formación integral del individuo
La Corte Constitucional de Colombia, en la Sentencia T-410/99 de 4 de junio indicó que: “...en un marco participativo-recreativo, la inclinación por una determinada práctica deportiva a escala aficionada o profesional y la importancia que ello comporta en el proceso de formación integral del individuo, vincula el deporte con los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la educación e incluso al trabajo cuando su práctica habitual se asume como una actividad profesional de la cual se deriva el sustento diario.
La importancia que tiene la actividad recreativa y deportiva en el desarrollo integral del ser humano y en la promoción social de la comunidad, la destaca en mayor medida el propio ordenamiento Superior al reconocer expresamente que dicha actividad reviste el carácter de derecho fundamental y prevalente en el caso de los niños (art. 44).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió en parte
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho al deporte y a la cultura física en la Constitución Política del Estado
- la importancia que ello comporta en el proceso de formación integral del individuo
- práctica deportiva
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- encuentran registrados
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