Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0480/2020-S2
Fecha: 29-Sep-2020
II.3.
II.3. Consta la Sentencia 170/2018 de 22 de noviembre, emitida por Carlos Alberto Egüez Añez, Presidente; y, Ricardo Torres Echalar, Magistrado, ambos de la Sala Social Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, en la que resolvieron la demanda contenciosa administrativa de 28 de noviembre de 2016 interpuesta por Oscar Daniel Arancibia Bracamonte, Gerente Regional Oruro de la ANB, declarando improbada la misma, y por lo tanto mantuvieron firme y subsistente la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1392/2016 (fs. 96 a 101 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- IMPROBADA
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 12
- exigencia del debido proceso, que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho
- [3]
- la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión sin motivación, con motivación arbitraria, insuficiente y por la falta de coherencia del fallo
- una resolución será arbitraria cuando carezca de motivación o ésta sea arbitraria o insuficiente; asimismo, cuando la resolución no tenga coherencia o congruencia interna o externa
- relevancia constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Sobre la motivación, fundamentación y congruencia
- Sobre la valoración razonable de la prueba
- Sobre los principios denunciados como vulnerados
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)