Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2020-S4
Fecha: 22-Sep-2020
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 24 de octubre de 2018, Claudia Andrea Bustillos Justiniano solicitó medidas de protección al Juez Público de Familia Primero del departamento de Santa Cruz, dictándose el decreto de 25 del mes y año indicados, mediante el cual el Juez a quo corrió en traslado a la parte contraria (fs. 80 a 82).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR