SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2020-S3
Fecha: 09-Sep-2020
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación particular de María Esther Góngora Miranda y la Cooperativa Aurífera “Chima” Ltda. contra Franz Sejas Ovando -hoy impetrante de tutela- y otro, por la presunta comisión del delito de estafa, por Resolución 320/2019 de 18 de diciembre, el Tribunal de Sentencia Penal Sexto de la Capital del departamento de La Paz, declaró fundada la solicitud de cesación de la detención preventiva del prenombrado, imponiendo entre otras medidas sustitutivas la detención domiciliaria y una fianza económica de Bs100 000.- decisión apelada por la querellante María Esther Góngora Miranda y por la citada Cooperativa; asimismo, la parte imputada solicitó complementación y enmienda que fue rechazada (fs. 3 a 5 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, el cual se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- III.2.
- pro actione, el cual permite contrario a restringir el acceso a los medios de examen de las resoluciones judiciales favorecer la tutela judicial efectiva, evitando el perjuicio al accionante-justiciable ante una deficiencia formal en el ámbito técnico-jurídico, concomitante con el valor justicia propugnado en el art. 8 de la CPE’
- el sistema procesal es un medio para realizar la justicia
- III.3.
- Fragmento 22
- III.4.
- Anuncio de apelación
- En cuanto a funcionaria judicial coaccionada
- riesgo al derecho a la vida
- CONFIRMAR en parte
- 1º CONCEDER en parte