SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0556/2020-S3
Fecha: 24-Sep-2020
II.1.
II.1. Cursan: a) NIT 4444433012, emitido por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN); b) Licencia de Funcionamiento de la Actividad Económica 02-1-130.00.001-000001 de 30 de enero de 2017, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba; c) Certificado de Actualización de Matrícula de Comercio 00306096 de 8 de junio de 2018, emitido por FUNDEMPRESA; y, d) Trámite de Registro Ambiental Industrial (RAI), recibido por el citado Gobierno Autónomo Municipal el 11 de noviembre de 2014. Todos correspondientes a la empresa unipersonal “Hilda Martínez Achacollo”, ubicada en la calle Huichico 354, zona Condebamba Provincia Cercado del departamento de Cochabamba, dedicada a la fabricación de ollas y otros objetos de aluminio; figurando Hilda Martínez Achacollo -hoy accionante- como contribuyente y representante legal de la misma (fs. 2, 3, 4 y 6 a 37).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- vías de hecho
- la finalidad de la justicia constitucional en su ámbito tutelar, es el resguardo a derechos fundamentales, por cuanto, a través de esta instancia, no pueden analizarse hechos controvertidos cuya definición está encomendada al Órgano Judicial
- cualquier acto o medida que implique asumir la justicia por mano propia prescindiendo en absoluto de los mecanismos institucionales para la definición de hechos o derechos, se configura como una típica vía de hecho
- III.2. El derecho al trabajo
- que se encuentra al mismo tiempo vinculado con las necesidades básicas de alimentación, salud y la propia existencia del ser humano, por consiguiente, relacionado con el derecho a la vida
- Con relación al supuesto desalojo de la accionante
- Respecto al impedimento para ingresar a la fábrica de ollas y otros objetos de aluminio, ubicada en la calle Huichico 354, zona Condebamba de la ciudad de Cochabamba
- Por último, sobre la cancelación de costas, daños y perjuicios
- Fragmento 21