SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0556/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0556/2020-S3

Fecha: 24-Sep-2020

Por último, sobre la cancelación de costas, daños y perjuicios

Por último, sobre la cancelación de costas, daños y perjuicios, estos no corresponden ser calificados por la jurisdicción constitucional, debido a que “…la determinación de un resarcimiento de daños y perjuicios (…) requiere de un proceso controversial en el que las partes, en igualdad de condiciones, puedan hacer valer sus pretensiones; hecho que no es posible realizar con la acción de amparo constitucional, primero, porque su finalidad es la de otorgar una tutela inmediata, efectiva e idónea, restableciendo o restituyendo el derecho restringido o suprimido, y no el resarcimiento de los daños civiles; y, segundo, porque dado su carácter sumarísimo no es posible desarrollar un verdadero proceso contencioso o controversial” (SCP 0113/2012 de 27 de abril). Por consiguiente, a tal efecto, la accionante cuenta con la vía civil ordinaria expedita.