Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2020-S3
Fecha: 23-Sep-2020
I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
La impetrante de tutela denuncia la lesión de sus derechos a la tutela judicial efectiva, a la impugnación, al acceso a la justicia pronta y oportuna; así como, al principio de seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 115, 119 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); 9 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); y, 3 y 7.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades accionadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1°
- 2° DENEGAR
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Imposibilidad de interponer una acción tutelar emergente de otra acción constitucional
- y terceros interesados
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo