SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0579/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0579/2020-S3

Fecha: 23-Sep-2020

denegó

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 145/2019 de 3 de octubre, cursante de fs. 320 a 327 vta., denegó la tutela solicitada bajo los siguientes fundamentos: a) De la revisión de la Sentencia 123 cuestionada, se advierte que la misma respondió a cada uno de los agravios de la demanda contenciosa, realizando un relación de hechos y antecedentes, y exponiendo las razones lógico jurídicas con claridad, lo que implica una debida motivación; b) También se hizo cita de las normas legales y jurisprudencia constitucional establecida sobre el tema, determinando con precisión las razones por las que declaró improbada esa demanda, habiendo precisado que en cuanto a la valoración de la prueba la cual fue considerada ya en el recurso jerárquico a momento de haberse dispuesto la anulación y que además ésta sería anterior al inicio del proceso por contrabando contravencional; a partir de lo cual, no se advierte falta de fundamentación ni motivación; c) Respecto a la congruencia, se advierte que la referida Sentencia guardó la debida congruencia tanto externa como interna, evidenciándose una coherencia lógica entre los considerandos que son el sustento para la parte dispositiva, donde se expusieron los argumentos y razonamientos lógicos que determinaron la decisión, y en dicha fase externa al haber respondido todos los agravios planteados de manera lógica y razonada; y, d) Respecto a la falta de valoración de la prueba, no se encuentra que esta petición sea respaldada por una argumentación clara y coherente que demuestre cómo el Tribunal Supremo de Justicia vulneró tal derecho; pues la observación efectuada no es clara, expresa ni precisa.