SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0601/2020-S3
Fecha: 28-Sep-2020
II.3.
II.3. De fs. 56 a 58 cursa Informe Técnico MDCyT/VI/DGPATC/UMSH-BC 012/2019 de 15 de enero, pronunciado por Lindaura Rasguido, Arquitecta de la Unidad de Monumentos y Sitios Históricos, Bienes Culturales, Ministerio de Culturas y Turismo, dirigida al Viceministro de Interculturalidad, a través de la Directora General de Patrimonio Cultural, relacionada a la solicitud realizada por el hoy peticionante de tutela, sobre la autorización de desmontaje del puente de estructura metálica que se encuentra en la Av. Manco Kapac y demolición de un pilón que está en la Av. Perú, documento en el que en conclusiones ratifica y autoriza demoler el pilón que está cerca de la Av. Perú, y desmontar el puente de estructura metálica que se encuentra en la Av. Manco Kapac.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- no puede ingresar a dilucidar hechos controvertidos ni reconocer derechos
- ni analizar hechos controvertidos
- III.2.
- reparación,
- restauración del bien
- quedaba en suspenso
- de oficio o a petición de parte cuando considere necesario podrá convocar a terceros interesados
- Fragmento 21