SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0601/2020-S3
Fecha: 28-Sep-2020
quedaba en suspenso
Conforme a los datos de la presente acción tutelar, corresponde señalar que la Resolución 196/2019 de 2 de diciembre, emitida por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, concedió la tutela de acción de amparo constitucional; sin embargo, dispuso que el cumplimiento del fallo quedaba en suspenso hasta que el Tribunal Constitucional Plurinacional se pronuncie; determinación respecto a la cual se advierte inobservancia a la norma procedimental en cuanto a la ejecución inmediata y cumplimiento de las resoluciones constitucionales, prevista en el art. 40.I CPCo que establece que: “I. Las resoluciones determinadas por una Jueza, Juez o Tribunal en Acciones de Defensa, serán ejecutadas inmediatamente, sin perjuicio de su remisión, para revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, en el plazo establecido en el presente Código”; por lo que, dichas autoridades equivocaron el procedimiento previsto en la norma adjetiva procesal constitucional e incumplieron sus funciones establecidas en el citado Código.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- no puede ingresar a dilucidar hechos controvertidos ni reconocer derechos
- ni analizar hechos controvertidos
- III.2.
- reparación,
- restauración del bien
- quedaba en suspenso
- de oficio o a petición de parte cuando considere necesario podrá convocar a terceros interesados
- Fragmento 21