SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0647/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0647/2020-S3

Fecha: 29-Sep-2020

4)

4)   Respecto a que la demandada fue asistida técnicamente por su abogado y hubiera participado de forma activa en todo el proceso, la defensa no solo consiste en el acompañamiento técnico profesional de un causídico, sino en el acceso y/o ejercicio efectivo de los mecanismos procesales en igualdad de condiciones; por lo que, la indefensión es definida como aquella situación procesal en que la parte se ve limitada o despojada por el órgano jurisdiccional de los medios de defensa que le corresponden en el desarrollo del proceso, cuyas consecuencias se manifiestan en la imposibilidad de hacer valer un derecho o la alteración injustificada de la equidad de medios entre las partes, otorgando a una de ellas ventajas procesales arbitrarias, de ahí que, cuando la inobservancia de las formas procesales limita el ejercicio de garantías constitucionales el de ser oído antes de la decisión judicial como parte del derecho a la defensa, también se está ante una situación de indefensión; por consiguiente, correspondía su saneamiento; y,