Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En revisión la Resolución 34/2019-A de 23 de abril, cursante de fs. 275 a 281, pronunciada dentro de la
Fecha: 09-Mar-2021
confirmó
El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la SCP 0052/2021-S3 de 29 de marzo, que confirmó la Resolución 34/2019-A de 23 de abril, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, y, en consecuencia, dispuso: DENEGAR la tutela solicitada conforme a los fundamentos expuestos en dicho fallo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- confirmó
- a)
- 1)
- la congruencia
- responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia, la resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia
- II.2.
- congruencia externa
- motivación
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- b)
- c)
- d)
- denegar